Principios







Litigio estratégico



A 2011 se le debe considerar como un año histórico para los derechos humanos en México por diversas razones. Por una parte, fuimos testigos y protagonistas particularmente desde la sociedad civil, que ha pugnado por esto desde hace casi una década de la más profunda reforma constitucional en materia de derechos humanos, la cual redimensiona la protección y el rango de defensa de los derechos de todas y todos; por otro lado, vivimos la más lamentable crisis de derechos humanos en muchos años.
Casi al cerrar el año, el número de homicidios incluyendo ejecuciones arbitrarias, sumarias y extrajudiciales se ha disparado muy por encima del nivel histórico de las últimas dos décadas, también podemos contar con más de tres mil casos de desaparición forzada de personas; los feminicidios han experimentado un incremento en todo el país de 20% con respecto a 2006 y el número de atentados contra periodistas y defensoras/es de derechos humanos crece cada día, lo mismo que los ataques contra personas migrantes, que han experimentado el horror de ver sus vidas segadas en fosas clandestinas a lo largo y ancho del país; todo lo anterior frente a la inactividad del Estado, que no ha puesto en práctica medidas especiales de protección para poblaciones en condición de vulnerabilidad y que persiste en la aplicación de una política de seguridad desacertada, que no sólo ha roto la paz social y ha degradado el tejido social, sino que tampoco ha sido efectiva en el combate a la inseguridad.

Por lo anterior, hoy resulta de absoluta pertinencia echar mano de la caja de herramientas que nos provee el marco jurídico interno y el derecho internacional, particularmente considerando que ahora las y los litigantes tienen en sus manos los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, así como criterios cuya benignidades innegable [por ejemplo el criterio de interpretación conforme y el principio pro persona).
De igual modo, ante las recientes modificaciones constitucionales en materia de amparo, el litigio en derechos humanos se ve enriquecido con nuevos elementos procesales cuya efectividad está por ser probada, pero de la cual buena parte de los logros estarán en manos de quienes empleamos el derecho como palanca para construir una sociedad más justa e igualitaria.
En este sentido entendemos el litigio estratégico en derechos humanos como el conjunto de acciones de actividad judicial encaminadas a garantizar la justiciabilidad de los derechos humanos ante las instancias nacionales o internacionales, según sea el caso. La diferencia con el activismo judicial clásico estriba en el desarrollo de aspectos novedosos para el tratamiento de los casos, pues con éste se busca obtener la incorporación de estándares internacionales de derechos humanos en la decisión judicial, especialmente de aquellos tratados internacionales ratificados por el Estado.
derivado de estas problemáticas, fue necesario hacer la creación de un grupo de litigantes dirigido a velar por el respeto irrestricto hacia los derechos fundamentales de todos los individuos del Estado, es por ello, que el partido del trabajo crea la unidad de litigio estratégico, con el fin de velar los intereses y derechos fundamentales de las personas, gestionando en los diversos órganos encargados de administrar la justicia, los trámites correspondientes para velar por los derechos humanos, al igual, entablando todo tipo de trámites judiciales con el fin de ejercer justicia, para dar una respuesta positiva al respeto de los mismo, caminando a la par de lo estipulado por los ordenamientos jurídicos.

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